La desigualdad que sufren las mujeres y diversidades sexuales se encuentra también afectada por la edad. La discriminación contra personas o colectivos de personas por motivos de edad en razón de su envejecimiento se llama Edadismo y lo único que hace es reproducir estereotipos estigmatizantes, que menoscaban o anulan el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de las personas mayores.
La lucha contra la discriminación por edad requiere contar con el apoyo de toda la sociedad y demanda un plan estratégico para erradicar estereotipos culturales y simbólicos que impactan sobre el efectivo ejercicio de los derechos de las personas mayores.
Necesitamos una Ley que luche #ContraElEdadismo
¿En qué consiste la Ley contra el Edadismo?
La Ley define la discriminación por edad desde una perspectiva de género y de derechos humanos y la incorpora a los alcances de la ley de Antidiscriminación Argentina, Ley N.º 23.592.
¿Cuáles son sus objetivos?
- Proteger los derechos de las personas mayores.
- Evitar el edadismo en todos los órdenes del Estado, y establecer la necesidad de una capacitación en edadismo a les funcionarios y agentes estatales.
- Impedir que los contratos fijen condiciones que perjudiquen a las personas en razón de su edad.
- Establecer la necesidad de desarrollar medidas de acción positiva para revertir la desigualdad que sufren algunos colectivos sociales por razones de edad.
- Establecer los llamados Currículums Ciegos: sin edad y sin fotos personales, con el objetivo de evitar la discriminación por edad en el empleo.
- Promover el acceso al trabajo a personas discriminadas en razón de su edad mediante regímenes de promoción y cupos.
- Impedir la difusión de representaciones discriminatorias en los medios de
comunicación audiovisual
¿Cuáles son sus principios fundamentales?
La Ley Contra el Edadismo se basa en el principio fundamental de la Igualdad de género, ya que las prácticas discriminatorias basadas en la edad impactan con más fuerza y de manera específica en función al género de las personas. El proyecto sostiene la perspectiva de Autonomía personal, evitando la injerencia directa o indirecta de terceros por razones de edad y lucha por la Igualdad de oportunidades y el derecho a un Envejecimiento activo, para que toda persona a medida que envejece, tenga el derecho a
seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en la esfera económica, social, cultural y política de sus sociedades.
¿Cómo se aplica la Ley?
La norma exige medidas de acción positivas que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato. Además, considera abusivas las cláusulas de los contratos de adhesión que fijen condiciones relativas a la edad de las partes contratantes y prohíbe la discriminación por edad en el empleo. Establece la capacitación obligatoria en edadismo para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías y en todos los poderes; implementa la modalidad de currículums ciegos y establece multas y sanciones por incumplimientos.
Además, crea el Régimen Especial de Promoción del Empleo para Personas Mayores de 45 años y para Personas Trans mayores de 35 años y prohíbe la emisión de contenidos estigmatizantes en los medios de comunicación.
El proyecto define al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo como Autoridad de Aplicación, quien deberá articular de manera transversal con todas las áreas de gobierno con competencia en la materia.
Erradiquemos estereotipos culturales y simbólicos que impactan sobre el efectivo ejercicio de los derechos de las personas mayores. #EsAhora!